Quizá en más de una ocasión, nos hemos enterado o hemos sido testigos del maltrato de uno o más animales. Y no hemos podido actuar en su defensa, debido a que lamentablemente desconocemos cómo proceder ante tal situación.

Lo primero que debemos saber, es que en varios estados de la República Mexicana ya existen leyes que protegen a los animales ante actos de crueldad y/o maltrato.
El Artículo 24 de La Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal (LPADF), tipifica como crueldad o maltrato:
– Todo acto, hecho u omisión que le cause dolor o sufrimiento a un animal, poniendo en peligro su vida o afectando su bienestar.
– Privarlo de alimento, agua, alojamiento (adecuado), abrigo (a la intemperie) y atención médica.
– Desatenderlo por períodos prolongados o abandonarlo en vía pública o cualquier otro espacio donde carezca de bienestar.
– Llevar a cabo mutilaciones o alteraciones físicas, contrarias a su naturaleza. Sin una justificación en beneficio de su calidad de vida y/o efectuadas por una persona no certificada.
– Incitarlo a la violencia y obligarlo a pelear, como ‘entretenimiento’ en eventos públicos o privados.
– Torturarlo o maltratarlo con dolo, premeditación, alevosía, brutalidad y/o negligencia.
– Practicarle una eutanasia en forma no permitida por las Normas Oficiales Mexicanas.
www.aldf.gob.mx

La pena para quien cause lesiones evidentes, ‘sin poner en peligro la vida de un animal’, va de 6 meses a 2 años en prisión.
En caso de que las lesiones ‘pongan en peligro la vida de un animal’ la pena impuesta sería de 9 meses a 2 y 1/2 años en prisión.
A quien ‘provoque la muerte de un animal’ se le impondrán de 2 a 4 años en prisión.
Y en caso de que se haga uso de métodos que lleven a una ‘muerte no inmediata y prolongada’ causando sufrimiento y agonía a un animal, la pena alcanzaría de 3 a 6 años en prisión.

Para atender un caso de maltrato o crueldad hacia los animales podemos acudir a:

Línea Ciudadana Contra el Maltrato Animal. (Fauna doméstica)
Teléfono: (55)55335533

Brigada de Vigilancia Animal. (Todo tipo de fauna)
Teléfonos: (55)52089898 – (55)55413961 – 52425100 (Ext. 8823 y 8812)
www.ssp.df.gob.mx

Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal.
Teléfono: (55)52650780
www.paot.org.mx

Jueces Cívicos correspondientes a la Delegación del lugar de los hechos.
Directorio de las Delegaciones del D.F. www.df.gob.mx

Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Delitos Ambientales y Materia de Protección Urbana.
Teléfono: (55)53468916
www.pgjdf.gob.mx

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (Fauna silvestre)
Teléfono: (55)54900900
www.semarnat.gob.mx

Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente. (Fauna Silvestre)
Teléfono: 52(55)54496300 (Ext. 16935)
www.profepa.gob.mx

En todos los casos, al realizar la denuncia será de mucha ayuda contar con:
– Señas particulares, o de ser posible nombre y datos personales del denunciado.
– Ubicación (lo más específica posible) donde se lleva a cabo el delito de maltrato.
– Narración de hechos (breve pero clara y detallada).
– Posible evidencia. (Fotografías o videos del delito)
– Identidad del denunciante (que las autoridades deberán mantener en el anonimato), necesaria para crear una denuncia formal y llevar a cabo un seguimiento (mediante un folio).

Como especie dominante, los seres humanos debemos asumir la responsabilidad de velar por el bienestar de las demás especies con las que compartimos el planeta. Asegurándoles un trato justo y una vida digna y denunciando y haciendo valer la ley, cuando se les pretenda privar de sus derechos fundamentales.

#DefensaAnimal #NoAlMaltratoAnimal